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Tarjeta comunitaria por pareja de hecho: sin boda también hay residencia

No necesitas casarte: la pareja de hecho registrada abre la misma puerta. El truco está en registrar bien la pareja — cada comunidad tiene sus reglas y Madrid tiene las suyas.

Pareja entregando su expediente de tarjeta comunitaria por pareja de hecho en extranjería

La pareja registrada de un ciudadano de la UE (o de un español que ha ejercido la libre circulación; si tu pareja es española y siempre ha residido en España, mira la residencia de familiar de español) tiene los mismos derechos de residencia que el cónyuge. El itinerario tiene dos pasos: paso 1, registrar la unión en un registro oficial — cómo hacerlo, con requisitos, documentos y citas, lo explicamos al detalle en pareja de hecho en Madrid —; paso 2, convertir ese registro en la tarjeta de 5 años. Esta página se centra en el paso 2.

El itinerario completo que gestionamos

  • Paso 1 (en resumen): registro oficial de la unión de hecho — requisitos y trámite, en la página de pareja de hecho en Madrid
  • Paso 2: solicitud de la tarjeta comunitaria con el certificado de registro
  • Acreditación de la situación del ciudadano UE (trabajo, o medios y seguro)
  • Seguimiento hasta la expedición de la TIE de 5 años
Una pareja de hecho solo notarial, sin inscripción en un registro oficial, no siempre es aceptada para la tarjeta comunitaria. Antes de gastar en notaría, consulta qué registro necesitas.

Preguntas frecuentes

¿Qué requisitos tiene registrar la pareja de hecho en Madrid?

Convivencia previa acreditada, empadronamiento y cita: los contamos al detalle, con los documentos exactos, en nuestra página de pareja de hecho en Madrid. Lo esencial aquí: sin registro oficial no hay tarjeta, así que ese paso conviene hacerlo bien a la primera.

¿La pareja de hecho me sirve para la nacionalidad en 1 año?

No: la reducción a 1 año es exclusiva del matrimonio. Con pareja de hecho tendrás residencia legal, y la nacionalidad seguirá el plazo general según tu nacionalidad (2 años para iberoamericanos, 10 en general).

Revisado por Francisco Antonio Campos Notario, abogado colegiado nº 15702 del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla · Última actualización: julio de 2026

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