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Orden de expulsión: se puede recurrir, suspender y muchas veces revocar

Una notificación de expulsión da miedo, pero rara vez es una partida perdida: arraigo, familia, la doctrina europea sobre la multa… La clave es no dejar pasar los plazos de alegaciones y recurso.

Madre con sus hijos y su abogado frente a una orden de expulsión

La expulsión llega por dos caminos: el expediente sancionador por estancia irregular (donde la doctrina del TJUE y del Tribunal Supremo exige valorar circunstancias antes de expulsar en lugar de multar) y las expulsiones ligadas a antecedentes penales. Cada fase tiene su defensa.

Cómo defendemos tu caso

  • Alegaciones en el expediente (plazo brevísimo desde el acuerdo de iniciación: no lo dejes pasar)
  • Recurso contra la resolución de expulsión + medida cautelar de suspensión
  • Prueba de arraigo: familia, trabajo, tiempo en España, hijos escolarizados
  • Revocación de órdenes antiguas cuando cambian las circunstancias, desbloqueando la regularización
¿Te acaban de notificar algo o tienes cita policial? Escríbenos por WhatsApp ahora — este tipo de expediente no puede esperar a la semana que viene.
Cómo parar una orden de expulsión: las dos vías de expulsión (expediente sancionador por estancia irregular y expulsión ligada a antecedentes penales), la doctrina del TJUE y el Tribunal Supremo que hace de la multa la respuesta ordinaria, y los pasos para recurrir y suspenderla.
Vías de expulsión, doctrina aplicable y cómo recurrir paso a paso.

Preguntas frecuentes

Tengo una expulsión antigua, ¿puedo pedir arraigo?

Una orden de expulsión vigente bloquea en principio la concesión de autorizaciones, pero puede instarse su revocación (por arraigo sobrevenido, familia, tiempo transcurrido) y, lograda esta, abrir la regularización. Es un itinerario de dos pasos que hacemos con frecuencia.

¿Estancia irregular es igual a expulsión?

No: la jurisprudencia europea y española exige que la expulsión por mera estancia irregular se reserve a casos con circunstancias agravantes, siendo la multa la respuesta ordinaria. Muchas expulsiones se anulan exactamente por esto.

Revisado por Francisco Antonio Campos Notario, abogado colegiado nº 15702 del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla, y Yoel Hernández García, abogado colegiado nº 142.692 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) · Última actualización: agosto de 2026

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