Arraigo sociolaboral: regularízate con tu oferta de trabajo
Si un empleador quiere contratarte, el arraigo sociolaboral convierte esa oferta en tus papeles. Revisamos también que la empresa cumpla los requisitos: la mitad de las denegaciones vienen de ahí.

El arraigo sociolaboral sustituye con ventaja al antiguo arraigo social con contrato: exige 2 años de permanencia y uno o varios contratos de trabajo que sumen al menos 20 horas semanales, sin importar el sector.
Requisitos
- Permanencia continuada de 2 años en España
- Contrato(s) de trabajo firmado(s) que sumen ≥ 20 h/semana, con salario proporcional al SMI
- Sin antecedentes penales en España ni en origen
- Empresa al corriente de Seguridad Social y Hacienda, con capacidad económica para contratar
Ventaja clave
La autorización habilita a trabajar desde su concesión y es renovable. Además, el alta real en Seguridad Social tras la concesión será determinante para la renovación: te acompañamos también en ese momento.
Preguntas frecuentes
¿Sirven dos contratos a tiempo parcial?
Sí: se pueden sumar varios contratos siempre que en conjunto alcancen las 20 horas semanales y cada empleador cumpla sus requisitos.
¿El empleador tiene que hacer algún trámite?
Debe firmar el contrato condicionado a la concesión y acreditar su solvencia (estar al corriente de pagos, viabilidad económica). Nosotros preparamos toda la documentación empresarial para que al empleador le resulte sencillo.
Revisado por Francisco Antonio Campos Notario, abogado colegiado nº 15702 del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla · Última actualización: julio de 2026
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